Artículo original: La inserción de los MASC en el aniversario de la ley de eficiencia. Especial referencia a los procesos de Derecho de Familia.

Autor: Pascual Ortuño

Sociedad: La Ley, Mediación y Arbitraje (MyA), número 25/1, Octubre 2025. Editorial la Ley

Palabras Clave: Eficiencia procesal, MASC, conflictos.

Abreviaturas y acrónimos utilizados: Mediación y Arbitraje (MyA), medios adecuados de solución de controversias (MASC), la Asociación Catalana de los Profesionales de la Mediación de Cataluña (ACDMA)

Resumen: Este artículo, escrito por Pascual Ortuño y publicado en la revista Mediación yArbitraje (MyA), número 25/1, recoge una reflexión profunda y constructiva sobre el momento actual de la mediación y de los medios adecuados de solución de controversias (MASC)en el marco de la implantación de la Ley Orgánica 1/2025, de medidas en materia de eficiencia del servicio público de justicia.

ACDMA, de la cual Pascual Ortuño es socio fundador, comparte este artículo, que apuesta decididamente por una transformación cultural del sistema de justicia basada en el diálogo, la responsabilidad compartida y la resolución colaborativa de los conflictos.

Ortuño parte de una constatación clara: el sistema judicial español arrastra desde hace décadas una situación de saturación estructural que dificulta ofrecer respuestas ágiles, eficaces y humanizadas a los conflictos. Esta sobrecarga no es solo cuantitativa, sino también cualitativa, puesto que la judicialización excesiva genera procesos largos, costosos y emocionalmente desgastants, tanto para las partes como para los profesionales implicados.

Ante este escenario, la mediación, la conciliación, la negociación asistida y otros mecanismos de resolución alternativa de conflictos emergen como instrumentos clave para avanzar hacia un modelo de justicia más eficiente, accesible y orientado a la solución real de los problemas. El autor defiende que los MASC no tienen que sustituir la jurisdicción, sino complementarla, ofreciendo vías adecuadas según la naturaleza del conflicto, su complejidad y su impacto emocional.

Uno de los puntos centrales del artículo es la crítica a una aplicación meramente formal del requisito de procedibilitat introducido por la nueva normativa. Ortuño alerta que convertir la mediación en un simple trámite previo obligatorio puede vaciarla de contenido y convertir una herramienta transformadora en un obstáculo burocrático más. En este sentido, subraya que la mediación tiene que fundamentarse en la voluntad real de diálogo, la calidad técnica de los procesos y el compromiso efectivo de las partes, y no en una imposición legal desprovista de convicción.

El autor destaca también el papel fundamental de los profesionales del derecho en este cambio de paradigma. Abogados, jueces, fiscales, letrados de la administración de justicia y otros operadores jurídicos tienen que asumir un rol activo en la promoción de la cultura del diálogo, incorporando la mediación y la negociación dentro de sus estrategias habituales de gestión del conflicto. Este proceso requiere formación específica, sensibilización continuada y una revisión profunda de las inercias propias del modelo adversarial tradicional.

Especial relevancia adquiere el análisis que Ortuño hace en el ámbito del derecho de familia, donde los conflictos tienen una fuerte carga emocional y una incidencia directa en el bienestar de los menores. En este contexto, la mediación acontece una herramienta especialmente adecuada para favorecer acuerdos estables, reducir la conflictividad crónica y preservar las relaciones personales, evitando la judicialización innecesaria de situaciones que requieren, sobre todo, espacios de comunicación, escucha activa y corresponsabilidad parental.

El artículo también aborda las resistencias culturales y profesionales que todavía dificultan la plena implantación de los MASC. Entre estas, destaca la persistencia de una mentalidad excesivamente litigiosa, la desconfianza hacia los procesos colaborativos y el miedo a perder protagonismo profesional. Ante estos obstáculos, Ortuño propone una visión integradora, en que la mediación refuerce el rol de los juristas, dotándolos de más herramientas para ofrecer soluciones eficaces, sostenibles y ajustadas a las necesidades reales de las personas.

Finalmente, el autor argumenta que la transformación del sistema de justicia no puede limitarse a reformas legislativas, sino que tiene que ir acompañada de un cambio cultural profundo, basado en la participación activa de las partes, la confianza en el diálogo y la corresponsabilidad en la gestión de los conflictos. Solo así será posible avanzar hacia un modelo de justicia más humano, eficiente y coherente con los valores democráticos.

ACDMA comparte el artículo y su compromiso con la promoción de la mediación, la conciliación y la resolución alternativa de conflictos como pilares fundamentales de una justicia moderna, accesible y centrada en las personas.

Agradecemos sinceramente a Pascual Ortuño su aportación constante y comprometida con la mediación. Su mirada crítica y en la hora constructiva continúa siendo una referencia imprescindible para todas las personas y entidades que trabajamos por una justicia más dialogada, eficiente y transformadora.

Tipologia mediación:   Múltiple

Tipo de artículo:   Editorial

Podéis leer el artículo aquí.