El 30 de mayo de 2025, la ciudad de Hong Kong acogió la firma de la Convención para el Establecimiento de la Organización Internacional para la Mediación (IOMed), un acontecimiento clave en la evolución de la resolución de conflictos a nivel internacional. Con la participación de representantes de más de 85 estados y 20 organizaciones internacionales (incluida la Organización de las Naciones Unidas), la nueva convención introduce un marco institucional y jurídico basado en tratado dedicado exclusivamente a la mediación.
La Convención IOMed presenta un modelo estructurado que alcanza una amplia gama de conflictos: desde disputas entre estados, hasta conflictos entre un estado y ciudadanos otros estados, pasando por disputas entre partes privadas en relaciones comerciales internacionales (artículo 24). Sus seis versiones idiomáticas oficiales –árabe, chino, inglés, francés, ruso y español– refuerzan su carácter global.
Uno de los aspectos más relevantes para los mediadores es el reconocimiento jurídico de los acuerdos logrados mediante mediación. Los artículos 40 y 41 de la Convención establecen que los acuerdos derivados de una mediación facilitada por IOMed son vinculantes y ejecutables dentro de los sistemas jurídicos de los estados firmantes. Esto representa un paso adelante en la seguridad jurídica y la efectividad de la mediación internacional.
En este sentido, la Convención IOMed se complementa con la Convención de Singapur sobre los Acuerdos Internacionales de Mediación, vigente desde el 2019, la cual establece mecanismos para el reconocimiento y ejecución de acuerdos comerciales internacionales obtenidos por mediación. A fecha de 3 de julio de 2025, esta última cuenta con 58 signatarios y 18 estados parte. La Convención de Singapur refuerza la autonomía de las partes y obliga los tribunales a reconocer y hacer cumplir estos acuerdos según los procedimientos nacionales, siempre que cumplan los requisitos establecidos.
Mientras que la Convención de Singapur se centra en la fase posterior al acuerdo, garantizando la ejecución, la Convención IOMed aporta un marco institucional para la práctica misma de la mediación, dotándola de credibilidad, neutralidad y apoyo logístico. Así, ambas convenciones se complementan para consolidar la mediación como una herramienta viable y legítima en contextos internacionales complejos.
Para los mediadores que trabajan dentro de marcos europeos u occidentales, la Convención IOMed no solo amplía su ámbito de actuación, sino que también ofrece nuevas oportunidades de cooperación, reconocimiento y proyección internacional.
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