El pasado 18 de febrero, ACDMA organizó una mesa redonda para analizar las luces, sombras e interrogantes de la nueva Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia. El acto contó con una tabla de lujo, moderada por nuestra presidenta, Mercè Alaball, e integrada por tres persones socias de gran prestigio: Elisabet Barnadas, miembro del Centro de Mediación de Cataluña, Emma López, profesional de la abogacía y la mediación, y Pascual Ortuño, juez y escritor, además de participante en la regulación de la mediación en Cataluña.

Las luces: una ley orgánica con retos y oportunidades

Pascual Ortuño inició el debate explicando por qué esta es una ley orgánica. No lo es por los MASC (Mecanismos Alternativos/Adecuados de Solución de Conflictos), sino por su naturaleza híbrida que alcanza diferentes normativas.

Históricamente, la mediación había tenido un impulso legal muy limitado y cierta quiebra en su implementación. La oposición de la profesión de abogacía fue un escollo importante, pero la pandemia puso en evidencia el colapso judicial, el cual dio el empujón definitivo a la Ley. Uno de los otros grandes adelantos ha estado garantizar el pago a los abogados de oficio para facilitar la mediación, hecho que fue clave para la aprobación de la norma.

Emma López destacó que la Ley ofrece una radiografía de los mecanismos de resolución de conflictos y que plantea un cambio de paradigma: a partir de ahora, será necesario acreditar que se ha intentado una solución negociada antes de interponer una demanda. En otros países como Canadá o Colombia, este modelo ha funcionado y ha transformado la relación entre ciudadanía y justicia.

Entre los aspectos clave de la Ley, López subrayó la figura del tercero neutral, el papel de los profesionales del derecho colaborativo y la necesidad de definir quién hará la criba de los casos judicializados. Actualmente, este papel recae en las abogadas y abogados, pero no siempre hay formación para hacer este análisis. Idealmente, y como pasa en otros países tendría que existir una figura experta en los juzgados para canalizar los casos hacia la mejor solución posible.

Elisabet Barnadas expuso el trabajo del Centro de Mediación de Cataluña (CMC) desde el 2001, especialmente en la formación de profesionales, la divulgación y la creación de una red de colaboración con universidades y colegios profesionales. La nueva ley supone un reto para el sector y una oportunidad, para la difusión que hará de la mediación entre la ciudadanía.

Uno de los puntos más debatidos fue la nueva nomenclatura de los MASC, que pasa de «mecanismos alternativos de solución de controversias» a «mecanismos adecuados», un cambio que busca normalizar la mediación y los otros procesos como una opción igualmente válida de resolución de conflictos.

Las sombras e interrogantes: burocratización y calidad de la mediación

Uno de los grandes temores de la nueva ley es la posibilidad que la mediación acontezca un trámite burocrático más. Pascual Ortuño recordó que, hasta el 1982, la conciliación era obligatoria, y que se eliminó porque se había transformado en un simple requisito administrativo. Aun así, la práctica internacional demuestra que una mediación muy gestionada puede evitar este riesgo.

También se puso sobre la mesa como influencia la obligación inherente a la nueva Ley en la voluntariedad de la mediación. Si bien el principio de voluntariedad se considera fundamental, también se destacó que la obligatoriedad de probar una solución negociada no vulnera este principio. El reto será asegurar que los ciudadanos conozcan sus opciones y que el proceso sea útil y eficiente.

Durante la mesa redonda, se puso de manifiesto la necesidad de cambiar la manera como abordamos los conflictos. Emma López: “Hasta ahora el que hemos hecho es a un conflicto hacerle un traje normativo para poder presentarlo ante los tribunales. El que tenemos que buscar con la mediación es desvestir la situación para ir al núcleo y buscar la solución.” Esta idea conecta con la esencia de la nueva Ley, que, tal como resumía Elisabeth *Barnadas: “La idea de la Ley es que no vayas al juzgado, sino que intentes una solución antes.” Este cambio de paradigma favorece la mediación y otras MASC como herramientas eficaces para resolver disputas de una manera más ágil, eficiente y centrada en las necesidades reales de las partes implicadas.

El debate concluyó con una visión optimista: todo y los retos, la nueva Ley abre la puerta a una transformación real de la justicia. La clave estará a garantizar la calidad de la mediación, formar profesionales muy preparados y consolidar la mediación como una herramienta de resolución de conflictos efectiva.

Desde ACDMA, queremos ser parte activa de este cambio, ofreciendo criterios de calidad y promoviendo el prestigio de la mediación como profesión. El despliegue de la nueva Ley supone un reto, pero también una gran oportunidad para construir una cultura de resolución de conflictos más madura y eficaz. Continuaremos pendientes de su implementación y trabajando para que la mediación sea una herramienta cada vez más presente.

Más información 

Burofax y buromail como certificados:

https://confilegal.com/20250324-los-laj-de-familia-de-barcelona-admiten-el-burofax-el-buromail-y-el-correo-certificado-para-acreditar-la-mediacion-previa-obligatoria

Criterios establecidos por los jueces de familia de Madrid sobre el requisito de procedibilidad:

https://confilegal.com/20250319-estos-son-los-4-criterios-que-los-jueces-de-familia-de-madrid-han-establecido-sobre-el-requisito-de-procedibilidad-de-la-ley-organica-1-2025/